abogado del Estado (Government’s Counsel)
Definición del término "abogado del Estado (Government’s Counsel)":
Letrado que, en España, tiene como función el asesoramiento, representación y defensa legal del Estado. Se encarga de prestar asistencia jurídica (consistente en el asesoramiento y la representación y defensa en juicio) al Estado y a sus organismos autónomos, así como a los órganos constitucionales.