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abogado del Estado (Government’s Counsel)

Definición del término "abogado del Estado (Government’s Counsel)":

Letrado que, en España, tiene como función el asesoramiento, representación y defensa legal del Estado. Se encarga de prestar asistencia jurídica (consistente en el asesoramiento y la representación y defensa en juicio) al Estado y a sus organismos autónomos, así como a los órganos constitucionales.